REPORTE ESPECIAL: Pre-registros de los contenidos del artículo 42, fracción I, de la ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria

PRE-CRITERIOS DE LOS CONTENIDOS DEL ARTÍCULO 42, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
INTRODUCCIÓN
Cada año el Congreso de la Unión lleva a cabo el proceso de planeación presupuestal con el que da cumplimiento a la formulación del paquete que contiene la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de las Federación. Con lo anterior, el gobierno federal contará con la programación de recursos para atender los programas, proyectos e inversiones necesarias para detonar el desarrollo del país, así como con instrumentos necesarios para hacerse de recursos que permitan el cumplimiento de los objetivos trazados en el plan sexenal de gobierno. De acuerdo con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria1, en su artículo 42, fracción I, establece lo siguiente:
“La aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos se sujetará al siguiente procedimiento:
I. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría2, deberá enviar al Congreso de la Unión a más tardar el 1 de abril, un documento que presente los siguientes elementos:
a) Los principales objetivos para la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del año siguiente;
b) Escenarios sobre las principales variables macroeconómicas para el siguiente año: crecimiento, inflación, tasa de interés y precio del petróleo;
c) Escenarios sobre el monto total del Presupuesto de Egresos y su déficit o superávit;
d) Enumeración de los programas prioritarios y sus montos.

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